Tema 5: Maniobras y prioridad

5.1 Maniobras concepto

Todo cambio voluntario de posición o situación de nuestro vehículo, en la calzada, que interrumpa la progresión normal de éste dentro de la corriente circulatoria.

5.2 Adelantamientos

Como norma general los adelantamientos se realizan por la izquierda.

Se permite el adelantamiento por la derecha en estas 3 excepciones:

  • A los vehículos que vayan a girar a la izquierda
  • A los tranvías que circulen por el centro de la calzada
  • En poblado, cuando exista más de 1 carril para el mismo sentido y estén delimitados por marcas viales

En calzadas con tres carriles y doble sentido de circulación, delimitadas por marcas longitudinales discontinuas, se utilizará el carril el central para realizar la maniobra de adelantamiento, quedando prohibido el uso del carril de la izquierda en todo caso.

Cuando se adelante fuera de poblado a:

  • Peatones
  • Animales
  • Vehículos de 2 ruedas
  • Vehículos de tracción animal

Queda expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario.

En todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,5 metros, ocupando parte o la totalidad del carril contiguo a la calzada, siempre y cuando existan las condiciones precisas para realizar el adelantamiento en las condiciones reglamentarias.

Al adelantar al resto de los usuarios o hacerlo en poblado, se dejará un margen lateral de seguridad proporcional a la velocidad, anchura y características de la vía (Art. 85.4).


En caso de que no sea posible ceñirse por completo al borde derecho de la calzada y, sin embargo, el adelantamiento pueda efectuarse con seguridad, el conductor de:

  • vehículo pesado...
  • vehículo de grandes dimensiones...
  • obligado a respetar 1 límite específico de velocidad...

...que vaya a ser adelantado indicará la posibilidad de ello al que se acerque:

  • Extendiendo el brazo horizontalmente y moviéndole de atrás adelante repetidas veces, con el dorso de la mano hacia atrás
  • Poniendo en funcionamiento el indicador de dirección derecho, cuando no crea conveniente la señal con el brazo (Art. 86.1)

Como norma general para todos los conductores, queda prohibido aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento.

Asimismo deberán bien aminorar la marcha o bien apartarse cuanto antes al arcén, si resulta practicable, para dejar paso a los que le siguen, cuando:


  • la densidad de la circulación en sentido contrario,
  • la circulación en sentido contrario,
  • la anchura insuficiente de la calzada,
  • y su perfil o estado...

...no permita ser adelantado con facilidad y sin peligro (art. 86.3).

5.2.1 Prohibición de adelantamiento:

Queda prohibido adelantar en:

  • Curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, y en general, en todo lugar o circunstancia donde la visibilidad no sea suficiente
  • Detrás de otro vehículo que realiza la misma maniobra cuando por sus dimensiones impida la visibilidad de la parte delantera de la vía
  • En los pasos para peatones señalizados, en intersecciones con vías ciclistas y en los pasos a nivel y sus proximidades. Ésta no se aplicará cuan do el adelantamiento se realice a los vehículos de 2 ruedas en un paso a nivel. Tampoco será aplicable cuando el adelantamiento se realice a cualquier vehículo en un paso de peatones, a una velocidad que permita detenerse a tiempo si surgiera peligro de atropello.
  • En las intersecciones y sus proximidades, salvo:
    • Se trate de una plaza de circulación giratoria o glorieta
    • El adelantamiento deba efectuarse por la derecha
    • La calzada goce de prioridad en la intersección y haya señal que lo indique
    • El adelantamiento se realice a vehículos de 2 ruedas
  • En los túneles, tramos de vía afectados por la señal “Túnel” (S-5) y pasos inferiores en los que sólo se disponga de 1 carril para cada sentido de la marcha.

5.3 Inmovilizaciones: Parada, Estacionamiento y Detención

Parada: Inmovilización de un vehículo durante un tiempo inferior a 2 minutos sin que el conductor pueda abandonarlo.

Estacionamiento: Inmovilización de un vehículo que no se encuentra en situación de detención o parada.

Cuando la parada o el estacionamiento tenga que realizarse en vías urbanas en la calzada o en el arcén, se situará el vehículo lo más cerca posible de su borde derecho, salvo en calzadas de sentido único, en las que se podrá situar también en el lado izquierdo.

Todo conductor que pare o estacione su vehículo deberá hacerlo de forma que permita la mejor utilización del espacio disponible.

5.3.1 Colocación del vehículo

Cuando la parada o el estacionamiento se efectué en una sensible pendiente y se trate de un vehículo o conjunto de vehículos de MMA superior a 3.500kg., su conductor deberá:

  • Apagar el motor
  • Accionar el freno de estacionamiento
  • Colocar la 1ª velocidad si es ascendente o la marcha atrás si es descendente
  • Dejarlo debidamente calzado con calzos, sin emplear piedras u otros elementos no homologados, o bien, por apoyo de las ruedas directrices en el bordillo de la acera, inclinando aquéllas hacia el centro de la calzada en pendientes ascendentes y hacia el bordillo en las pendientes descendentes. Los calzos una vez utilizados deberán ser retirados de la vía al reanudar la marcha.

5.3.2 Prohibiciones de parar y estacionar

Queda prohibido parar, entre otros casos:

  • Curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles
  • En los carriles o partes de la vía reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios
  • En las intersecciones o sus proximidades si se dificulta el giro a otros vehículos o, en vías interurbanas si genera peligro por falta de visibilidad
  • En lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras
  • En autopistas y autovías, salvo en las zonas habilitadas para ello.

Queda prohibido estacionar, entre otros casos:

  • Donde está prohibida la parada
  • En zonas señalizadas para uso exclusivo de vehículos para personas de movilidad reducida
  • En doble fila

Detención: Inmovilización por necesidades de la circulación, para cumplir algún precepto reglamentario o por emergencia.

5.3.3 Apagado del motor:

  • Todo conductor que se vea obligado a permanecer con su vehículo detenido en el interior de un túnel u otro lugar cerrado, por un periodo de tiempo superior a 2 minutos, deberá interrumpir el funcionamiento del motor hasta que pueda proseguir la marcha, así mismo deberá conservar encendido el alumbrado de posición y el de gálibo, si procede. No deben abandonar el vehículo. Deberá detenerse lo más lejos posible del vehículo que le precede
  • Para cargar combustible en el depósito de un vehículo, éste debe hallarse con:
    • El motor parado
    • Apagados: luces, radio y móviles

5.3.4 Otras inmovilizaciones:

Inmovilización por emergencia
1. Medidas a tomar 130.2 2. Chaleco reflectante de alta visibilidad Interurbanas 118.3 3. Dispositivos de pre señalización de peligro reglamentarios 130.3 4. Remolque de vehículos

1- Si por causa de una emergencia el vehículo o su carga obstaculicen en la calzada, procurarán colocar uno y otra en el lugar donde cause menor obstáculo a la circulación, pudiendo en este caso, utilizarse el arcén o la mediana, si fuera preciso, y se tomarán medidas para que el vehículo o la carga sean retiradas de la calzada en el menor tiempo posible.

2- El conductor al bajarse del vehículo debe hacerlo por el lado derecho, y en las vías interurbanas, con el chaleco reflectante de alta visibilidad puesto antes de salir del vehículo.

3- Todo conductor, ante una inmovilización por emergencia, deberá utilizar los dispositivos de pre-señalización de peligro reglamentarios (V-16) para advertir la misma.

Colocación de la señalización:

  • Como mínimo a 50 metros de distancia y de tal forma que sean visibles desde 100 metros, al menos, por los conductores que se aproximen
  • Uno por delante y otro por detrás del vehículo o la carga
  • En calzadas de sentido único, o de más De 3 carriles, bastará la colocación de un solo dispositivo, situado en esta ocasión, detrás del vehículo o la carga

4- Los vehículos averiados o accidentados sólo serán remolcados por otro destinado específicamente a ello (grúa)

Los vehículos a motor no podrán remolcar a otro vehículo de motor salvo que:

  • El vehículo esté averiado o accidentado y no pueda ser arrastrado por otro destinado específicamente a ese fin
  • Siempre en condiciones de seguridad

Donde queda permitido el arrastre hasta el lugar más próximo, donde pueda quedar convenientemente inmovilizado y sin entorpecer la circulación.

Esta excepción no se aplica en las autopistas y autovías.

Inmovilización ordenada por los agentes
Conductor lleva permiso de conducción no válido o bien, no lleva documentación del vehículo válido Se observa un exceso en los tiempos de conducción o una minoración en los tiempos de descanso superiores al 50% de los establecidos Indicios de cualquier manipulación de los instrumentos de registro y control de los tiempos de conducción y descanso Conductor haya dado positivo en las pruebas de alcohol o de estupefacientes, o bien se niegue a realizar las mismas No disponga de seguro obligatorio Superar la emisión de gases, humo y ruido permitidos
Salvedad: Manifieste tenerlo y acredite suficientemente su personalidad y domicilio Salvedad: Alguno de los ocupantes reúne todas las condiciones para conducir el vehículo

Los gastos que se originen por la inmovilización, serán a cuenta del titular, que deberá abonarlos o garantizar su pago como requisito previo a levantar tal medida

5.3.5 Inmovilización en túnel

Por motivos de emergencia:

  • Apagar el motor. Conectar señal de emergencia. Mantener luces de posición encendidas
  • Inmovilizar lo más próximo posible al borde derecho de la calzada
  • Colocar los dispositivos de pre-señalización de peligro. Solicitar ayuda a través del poste SOS más próximo
  • Abandonarán el vehículo todos los ocupantes, incluido el conductor, dirigiéndose al refugio o salida más próximo
  • En ningún caso se transitará por la calzada habiendo zonas excluidas del tráfico

Por incendio:

  • Aproximar el vehículo al lado derecho todo lo posible, con el fin de facilitar el acceso a los vehículos de emergencias
  • Apagar el motor. Dejar la puertas abiertas y la llave puesta.
  • Abandonarán el vehículo todos los ocupantes, incluido el conductor, dirigiéndose al refugio o salida más próximo.
  • En ningún caso se transitará por la calzada habiendo zonas excluidas del tráfico.
Detención en túnel, puente móvil o paso a nivel
Paso a nivel o Puente móvil Túnel o paso inferior
Rápido desalojo de los ocupantes del vehículo Si se trata de una avería que permita la marcha del vehículo, deberá continuar hasta salir del túnel
Dejar el paso libre en el menor tiempo posible Si esto no fuera posible, hasta una zona reservada para emergencias

5.4 Prioridad de paso

5.4.1 Paso señalizado en Puentes u Obras

R-1 Ceda el paso
Obligación para todo conductor de ceder el paso en la próxima intersección a los vehículos que circulen por la vía a la que se aproxime o al carril al que pretende incorporarse
R-6 Prioridad respecto al sentido contrario
Tiene prioridad de paso el que se encuentre esta señal
R-5 Prioridad al sentido contrario
Debe retroceder, en caso necesario, el que se encuentre esta señal

En este caso, el orden de preferencia de paso se realizará conforme a la señal que lo regule.

El vehículo que se encuentre con la señal de Ceda el paso o la de Prioridad al sentido contrario, deberá retroceder si se encuentra con otro vehículo que impida el cruce de ambos a la vez, sin riesgos.

Los vehículos que necesiten autorización especial para circular no podrán cruzarse en los puentes si el ancho de la calzada es inferior a 6 metros, de suerte que para cada vehículo pueda contarse con un ancho de vía no inferior a 3 metros.

5.4.2 Tramos en obras y estrechamientos

Siempre que sea posible efectuarlo sin peligro ni daño a la obra realizada, se permitirá el paso por el trozo de vía en reparación a los vehículos que circulen en servicio de urgencia.

En todos los casos previstos por obras, los usuarios de la vía estarán obligados a seguir las indicaciones del personal destinado a la regulación del paso de vehículos.

En los tramos de la vía en los que por su estrechez sea imposible o muy difícil el paso simultáneo de 2 vehículos que circulen en sentido contrario, donde no haya señalización expresa al efecto, tendrá derecho de preferencia de paso el que hubiere entrado primero.

En caso de duda, pasará primero el vehículo con mayores dificultades de maniobra, de acuerdo con el orden de prioridad de paso establecido.

5.4.3 Orden de preferencia en ausencia de señalización

Sin perjuicio de lo que pueda ordenar el agente de la autoridad o, en su caso, indicar el personal de obras y el de acompañamiento de vehículos especiales o en régimen de transporte especial, el orden de preferencia entre los distintos tipos de vehículos cuando uno tenga que dar marcha atrás es el siguiente:

  • 1- Vehículos especiales y en régimen de transporte especial que excedan de las masas o dimensiones máximas establecidas en las normas reguladoras de los vehículos
  • 2- Conjunto de vehículos (excepto turismos que arrastren remolque hasta 750kg de MMA y autocaravanas)
  • 3- Vehículos de tracción animal
  • 4- Turismos que arrastren remolque de hasta 750kg de MMA y autocaravanas
  • 5- Vehículos destinados al transporte colectivo de pasajeros
  • 6- Camiones, tracto camiones y furgones
  • 7- Turismos y vehículos derivados de turismo
  • 8- Vehículos especiales que no excedan de las masas o dimensiones establecidas en las normas reguladoras de los vehículos, cuadriciclos y cuadriciclos ligeros
  • 9- Vehículos de tres ruedas, motocicletas con sidecar y ciclomotores de tres ruedas
  • 10- Motocicletas, ciclomotores de dos ruedas y bicicletas

Cuando se trate de vehículos del mismo tipo o de supuestos no enumerados, la preferencia de paso será para el que tuviera que dar marcha atrás mayor distancia y, en caso de igualdad, del que tenga mayor anchura, longitud y masa