Tema 10: Transporte de personas en automóviles ligeros

10.1 Modalidades de los servicios

Existen dos modalidades para los servicios de transporte de personas en automóviles ligeros, que pueden ser:

  • Transporte público en automóviles de turismo, auto-taxis: Vehículos equipados con contador taxímetro
  • Vehículos arrendados con conductor: No están obligados a llevar contador taxímetro

10.2 Vehículos y normativas

Las características generales de este tipo de transporte son:

  • Estarán provistos de carrocería cerrada, deben proporcionar a los usuarios seguridad y comodidad
  • Su capacidad no excederá de 7 plazas, incluida la del conductor. Hasta 9 plazas en servicios de alta montaña

10.3 Licencias de taxis

Las concesiones de licencias se realizarán por:

  • Por la autoridad municipal en servicios que se presten íntegramente en el caso urbano
  • Por el ministerio de fomento:
    • Habilitará para la realización de cualquier servicio interurbano, que discurra total o parcialmente fuera del caso urbano
    • Requiere la obtención previa de la licencia de transporte urbano otorgada por el municipio en el que esté domiciliado el vehículo

La licencia de taxis podrá ser solicitada por:

  • Conductores asalariados de los titulares de licencias que presten servicios con plena y exclusiva dedicación en la profesión
  • Personas que la obtengan mediante concurso libre

Los titulares en un plazo de 60 días naturales desde la concesión de las licencias, deberán prestar los servicios de manera inmediata.

La licencia caducará por renuncia del titular, o será retirada por:

  • Usar un vehículo de distinta clase del autorizado
  • Dejar de prestar servicio durante 30 días consecutivos o 60 alternos en un periodo de un año
  • No tener la póliza de seguro en vigor
  • Incumplimiento reiterado de las revisiones periódicas
  • Arrendamiento, alquiler y transferencias de licencias no autorizadas
  • El incumplimiento de las obligaciones inherentes a la licencia
  • Contratación de personal asalariado sin el permiso local

10.4 Requisitos para el servicio y faltas

El taxímetro deberá estar:

  • Comprobado y precintado
  • Situado en la parte delantera y colocado visiblemente para el viajero
  • Iluminado. No será obligatorio si las letras del taxímetro son autoluminosas

Los colores y distintivos de los taxis se establecerán por las entidades locales.

Las faltas a los conductores:

Leves:

  • Descuido en el aseo personal y del vehículo
  • Discusiones entre compañeros de trabajo

Graves:

  • No seguir el itinerario marcado por el viajero
  • Empleo de palabras o gestos groseros y amenazas
  • Inasistencia a las paradas

Muy graves:

  • Abandonar al viajero sin rendir el servicio
  • Conducir en esta de embriaguez
  • Comer 4 faltas graves en un año

10.5 Arrendamiento de vehículos

Se debe cumplimentar una hoja de ruta por cada servicio y se conservara durante un año.