Tema 2: Uso de las vías Públicas

Resumen ordenado: este tema se centra en las partes de la vía, el uso correcto de calzada, carriles, arcén, carriles especiales y normas generales de circulación. El criterio básico es usar la parte de la vía que corresponda al vehículo y a la maniobra, sin invadir carriles reservados o zonas no permitidas.


1. Partes de la vía

Calzada: Los automóviles y los vehículos especiales con una masa máxima autorizada (MMA) superior a 3.500 kg circularán normalmente por la calzada, no por el arcén.

Arcén: Si no existe una vía o parte de la vía especialmente destinada a ellos, los siguientes vehículos deben utilizar el arcén derecho cuando sea transitable y suficiente; de no serlo, ocuparán únicamente la parte imprescindible de la calzada:

  • Los vehículos especiales de 3.500 kg de MMA o menos
  • Los ciclomotores y cuadriciclos ligeros
  • Los ciclos y vehículos de seguimiento de ciclistas
  • Los vehículos de tracción animal; los peatones y animales se rigen por sus propias normas
  • Los vehículos para personas de movilidad reducida
  • Los vehículos de hasta 3.500 kg que, por una emergencia, circulen a velocidad anormalmente reducida y perturben gravemente la circulación

Nota: Los ciclistas podrán circular en columna de dos por el arcén o por la parte imprescindible de la calzada si el arcén no existe, no es transitable o resulta insuficiente. Deben circular en fila de uno cuando haya poca visibilidad, afecten a la fluidez del tráfico, sea de noche o la meteorología reduzca la visibilidad. En descensos prolongados con curvas podrán ocupar la parte derecha de la calzada que necesiten cuando sea seguro, excepto en autovías, donde deben mantenerse en el arcén. Las bicicletas tienen prohibido circular por autopistas.

Los peatones deben utilizar las aceras y zonas peatonales. Si no existen o no son practicables, circularán normalmente por el arcén izquierdo o, si es necesario, por el borde izquierdo de la calzada, también en vías urbanas. Circulan por la derecha, entre otros, quienes empujan un ciclo, un ciclomotor de dos ruedas o un VMP, y los grupos dirigidos por un responsable; la seguridad también puede justificar el uso del lado derecho.

partes de la vía



Normas de conducta, prohibiciones y precauciones:

  • Tirar objetos en la vía o crear peligros
  • Circular con vidrios tintados no autorizados o con la visibilidad obstaculizada; el tintado trasero permitido requiere cristales reglamentarios y dos retrovisores exteriores
  • Sujetar o utilizar manualmente el teléfono móvil mientras se conduce; el sistema de manos libres no debe requerir auriculares
  • Conducir con auriculares, salvo las excepciones legales, como los dispositivos inalámbricos homologados instalados en cascos de motocicleta o ciclomotor para comunicación o navegación sin afectar a la seguridad
  • Ver vídeos, contenidos de internet o pantallas que distraigan; que una pantalla sea de navegación no autoriza a manejarla manualmente mientras se conduce
  • Circular con niveles de ruido por encima de lo permitido
  • Superar los niveles de emisiones de escape permitidos
  • Circular con el escape libre o sin el silenciador obligatorio
  • Al cargar combustible: parar el motor, desconectar los sistemas eléctricos, apagar los teléfonos móviles y no fumar

2. Circulación de vehículos

  • Vías interurbanas: Situadas fuera de poblado. Se circulará por el carril derecho como norma general.
    • Interurbana de tres carriles y doble sentido: Se circula por el carril de la derecha. El central podrá utilizarse para adelantar o cambiar de dirección a la izquierda cuando esté permitido; nunca se utilizará el situado más a la izquierda.
    • Interurbana con tres o más carriles para el mismo sentido: Se circula normalmente por el carril derecho, utilizando los demás cuando esté justificado y sin entorpecer a quienes circulen más rápido. Los camiones y furgones de más de 3.500 kg, los vehículos especiales no obligados a circular por el arcén y los conjuntos de vehículos de más de 7 m de longitud solo podrán utilizar el carril derecho y el inmediato.
  • Vías urbanas y travesías: En calzadas con al menos dos carriles delimitados para el mismo sentido, se utilizará el que mejor convenga al destino, sin obstaculizar a los demás. Esta regla no se aplica a las autopistas o autovías dentro de poblado.

Normas de 2026: En vías urbanas, los vehículos de motor deben dejar al menos 5 m con la bicicleta o VMP que circula delante por el mismo carril. En autopistas y autovías, si el tráfico está detenido o avanza a paso de persona, hay que facilitar el paso a un vehículo prioritario que se aproxime: los vehículos del carril situado más a la izquierda se apartan a la izquierda y los de los demás carriles, a la derecha. Si la nieve dificulta la circulación, se prohíbe adelantar; se utiliza el carril derecho y, si existen al menos tres carriles en el sentido de la marcha, también el inmediato, dejando libres los restantes carriles de la izquierda.

Motocicletas por el arcén: Solo se permite en tramos expresamente autorizados mediante señalización fija y marcas viales, cuando el tráfico de la calzada esté detenido por congestión. Se circulará en fila de uno, a un máximo de 30 km/h, respetando a los usuarios habituales del arcén y abandonándolo si es necesario.

VMP: Sus conductores deben tener al menos 15 años y llevar casco. Se prohíbe circular por las aceras. Los ayuntamientos pueden autorizar determinadas otras zonas peatonales e infraestructuras ciclistas, con la señalización y las condiciones exigidas. Los VMP no pueden circular por autopistas, autovías ni travesías. En las demás vías interurbanas y en túneles urbanos, únicamente se exceptúan las infraestructuras ciclistas previstas o vías cerradas al tráfico de vehículos de motor, siempre que la señalización no prohíba el acceso. Debe respetarse la autorización local y la señalización; una señal de ciclos no constituye por sí sola una autorización general para cualquier VMP.

Autopista Autovía
  • Prohibido hacer autostop
  • No pueden entrar ciclomotores, VMP, vehículos para personas de movilidad reducida, peatones, animales ni bicicletas
  • Si una emergencia obliga a circular por debajo de la velocidad mínima, abandonar por la próxima salida disponible cuando sea seguro
  • Prohibido hacer autostop
  • No pueden entrar ciclomotores, VMP, vehículos para personas de movilidad reducida, peatones ni animales
  • Los ciclistas mayores de 14 años pueden circular por el arcén, salvo prohibición señalizada
  • Si una emergencia obliga a circular por debajo de la velocidad mínima, abandonar por la próxima salida disponible cuando sea seguro

3. Carriles especiales

RAS carril reversible carril adicional carril en sentido contrario al habitual
Obligaciones Reversibles Adicionales Sentido contrario
Luz de cruce de día y de noche SÍ SÍ SÍ
Velocidad entre 60 y 80 km/h, salvo que se aplique un límite inferior NO: límites generales o señalizados SÍ SÍ
Restricciones de acceso Según los semáforos de carril y las restricciones aplicables a cada vehículo Vehículos autorizados en la vía, excepto los obligados a circular por el arcén Por fluidez del tráfico: solo motocicletas y turismos sin remolque. Por obras: todos los vehículos autorizados en la vía, salvo prohibición expresa

Las iniciales de cada carril especial forman la palabra RAS. La primera obligación es de alumbrado, la segunda de velocidad y la tercera de restricción de acceso.

carriles reversibles

Reversibles: Carriles cuyo sentido puede cambiar, regulados mediante semáforos de carril y marcas viales discontinuas dobles. Un aspa roja prohíbe utilizar el carril; una flecha verde hacia abajo permite usarlo con sujeción a las demás normas aplicables.


carril adicional

Adicional: Carril temporal habilitado aprovechando los arcenes. No pueden utilizarlo los vehículos obligados a circular por el arcén. Las obligaciones de velocidad y luz de cruce afectan a todos los vehículos que circulan por esa calzada.


carril en sentido contrario al habitual

Sentido contrario al habitual: No se permite atravesar la línea de conos ni desplazarse a los carriles del sentido normal, ni siquiera para adelantar. También es obligatorio llevar luz de cruce en el carril contiguo de sentido normal; si solo queda un carril en ese sentido, sus vehículos deben respetar igualmente los 60–80 km/h, salvo límites inferiores.


carril VAO

Carril VAO: Carril de alta ocupación:

  • Lo pueden utilizar, entre otros:
    • Los turismos, vehículos mixtos adaptables y motocicletas de hasta 3.500 kg que cumplan las condiciones de ocupación y acceso del tramo
    • Los vehículos prioritarios en servicio de urgencia y los vehículos de conservación de la vía autorizados
    • Los vehículos de las categorías admitidas que lleven la señal V-15 o la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad correspondiente, aunque solo viaje el conductor; también pueden autorizarse los autobuses admitidos con independencia de su ocupación
  • No lo pueden utilizar, entre otros:
    • Camiones, vehículos con remolque, ciclomotores, ciclos, VMP y vehículos para personas de movilidad reducida; deben comprobarse siempre las condiciones concretas del tramo

carril bus

Carril bus: Uso reservado al transporte colectivo de viajeros. Los taxis pueden utilizarlo cuando se indique. Los demás vehículos solo podrán atravesar una línea discontinua cuando esté permitido para efectuar una maniobra, sin obstaculizar a los usuarios autorizados; no pueden parar, estacionar ni adelantar en él.


carril de deceleración

Carril de deceleración: Para abandonar una vía rápida. Los conductores deben acceder lo antes posible al carril, con seguridad, y después reducir la velocidad de forma adecuada.


carril de aceleración

Carril de aceleración: Para incorporarse a una vía rápida. Se debe valorar el tráfico desde el principio, ceder el paso y detenerse allí si es necesario; utilizar el espacio disponible para adaptar la velocidad a la del tráfico e incorporarse con seguridad.