Está prohibido superar el número máximo de plazas autorizadas de un vehículo.
El conductor está obligado a hacer que los pasajeros mantengan la posición adecuada.
En vehículos de hasta 9 plazas, los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 cm deben utilizar un sistema de retención infantil homologado y adaptado a su talla y peso, normalmente en un asiento trasero. Existen 3 excepciones que permiten ocupar un asiento delantero con el sistema de retención adecuado: que no existan asientos traseros; que todos estén ocupados por menores sujetos a esta norma; o que no sea posible instalar en ellos todos los sistemas de retención necesarios. Si el sistema se coloca delante y orientado hacia atrás, debe desactivarse el airbag frontal.
Los sistemas de retención infantil deben ser adecuados para el menor e instalarse siguiendo las instrucciones del fabricante. En vías interurbanas, los menores de estatura igual o inferior a 135 cm no pueden viajar en vehículos históricos sin cinturones de seguridad o en los que técnicamente no puedan instalarse sistemas de retención infantil.
Un ciclista mayor de edad puede transportar en un asiento adicional homologado a un menor de hasta 22 kg que pueda mantenerse sentado por sí mismo. En vías interurbanas, el transporte de pasajeros o carga solo está permitido de día y con buena visibilidad.
El cinturón de seguridad debe utilizarse en todas las vías cuando el vehículo disponga de él. Desde el 1 de octubre de 2026, ya no se aplican las antiguas exenciones para taxistas, repartidores y profesores de autoescuela. Se mantienen las exenciones al efectuar marcha atrás o estacionar, por razones médicas debidamente acreditadas y para los ocupantes de vehículos de los servicios de urgencia en poblado, excepto en autopistas, autovías y carreteras convencionales. El personal de ambulancias que preste asistencia urgente en el compartimento de pacientes está exento en todas las vías. En el transporte urbano en taxi, los menores de estatura inferior a 135 cm pueden seguir viajando en un asiento trasero sin sistema de retención infantil.
Los pasajeros de motocicletas y ciclomotores deben tener, como norma general, al menos 12 años; desde los 7 años pueden viajar con su padre, madre, tutor o una persona mayor de edad autorizada por estos. Deben ocupar el asiento trasero autorizado, ir a horcajadas con los pies apoyados en los reposapiés y llevar el equipo de protección obligatorio.
Nunca se deberá superar la masa máxima autorizada (MMA, que incluye el vehículo, los pasajeros y la carga).
Como norma general la carga no puede sobresalir del vehículo, excepto:
1. Turismos
Únicamente podrá sobresalir la carga por la parte de detrás del vehículo, con estos límites:
En ambos casos se colocará un panel V-20 de franjas rojas y blancas, tanto de día como de noche, y además una luz roja por la noche o en condiciones que disminuyan sensiblemente la visibilidad.
2. Vehículos destinados al transporte de mercancías
En los vehículos destinados al transporte de mercancías, queda prohibido transportar personas en el lugar destinado a la carga, salvo autorización expresa.
Longitud (cargas indivisibles en vehículos de mercancías):
| Hasta 5 metros | Más de 5 metros | Menos de un metro de ancho |
|---|---|---|
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Anchura:
Si el vehículo mide MENOS de un metro de ancho, la carga no puede sobresalir más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinalSi la carga sobresale por delante:
Si la carga sobresale por detrás (vehículos de al menos 1 metro de ancho):
En un vehículo de motor rígido ordinario distinto de un autobús, las dimensiones máximas generales, incluida la carga, son 2,55 metros de anchura, 4 metros de altura y 12 metros de longitud. Determinadas categorías y conjuntos de vehículos tienen límites diferentes.
1. La carga no puede caer, arrastrar, comprometer la estabilidad ni ocultar las luces, las señales o las matrículas. No debe depositarse en la vía pública.
2. Las operaciones de carga y descarga se realizarán fuera de la vía, evitando ruidos. Si resulta inevitable realizarlas en la vía, deben respetarse las normas de parada y estacionamiento, sin causar peligro ni perturbaciones graves al tráfico.
3. La carga en un turismo debe llevarse en el maletero, en un remolque adecuado o en la baca; también puede llevarse en los asientos traseros si está bien sujeta.
4. Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas y los ciclomotores pueden llevar remolque, siempre que:
Los ciclistas mayores de edad pueden utilizar remolques que cumplan los requisitos técnicos para transportar personas, animales de hasta 15 kg o mercancías. En poblado se aplican las restricciones municipales; en vías interurbanas solo puede circularse de día y con buena visibilidad.
Vehículos especiales:
Limitación de velocidad
Vehículo lento: no puede superar los 40 km/h por construcción
Vehículo largo: más de 12 metros
Persona con discapacidad
Ensayo o investigación: una autorización específica puede permitir superar en hasta 30 km/h el límite genérico, fuera de vías urbanas y travesías, sin rebasar nunca un límite específico señalizado
Carga sobresaliente por detrás
Mercancías peligrosas
Preseñalización de peligro: baliza V-16 conectada y certificada obligatoria desde 2026 para las categorías de vehículos indicadas anteriormente
Transporte escolar
Vehículo de autoescuela
Conductor novel
Distintivo de inspección técnica (ITV)